El abogado penalista Julio Rodríguez analizó la situación legal de Maricsa Polet Alfaro Cerna, la conductora que atropelló al vigilante Juan Martínez Torres en el sector de Las Palmas del Golf, en Trujillo.
El jurista explicó que el juez actuó
conforme a ley al liberar a la acusada, debido a que el Ministerio Público no
solicitó una medida de prisión preventiva.
"Si el juez no la pone en libertad,
comete el delito de detención ilegal", dijo en La Rotativa del Aire de
RPP.
Al ser consultado por los motivos por
los que la Fiscalía no requirió la prisión preventiva en contra de la
conductora, el abogado consideró que la medida era innecesaria.
"Si la persona se somete a la
justicia, no representa ningún peligro de fuga, tiene los arraigos
correspondientes y no puede hacer nada para perturbar la actividad de prueba
porque ya se recabó toda (la información). La regla, por muy grave que sea el
delito, es la libertad. La prisión preventiva es la excepción de la
excepción", aseveró.
Proceso inmediato y posible condena
Rodríguez destacó que, ante la
contundencia de las pruebas, el Ministerio Público deberá solicitar la
incoación de un proceso inmediato. Esta figura legal evita que la investigación
se extienda innecesariamente cuando existen elementos claros de convicción.
"A lo que hay que apostar es a que
el proceso acabe de forma más rápida, que el fiscal acuse y que inmediatamente
se le imponga la condena correspondiente", sostuvo.
Según el penalista, el delito de
lesiones imprudentes bajo los efectos del alcohol tiene una pena que oscila
entre cuatro y seis años de cárcel. Por las características del proceso
inmediato, estimó que la sentencia y la fijación de la reparación civil
deberían definirse en un plazo máximo de 10 a 15 días en una sola audiencia.
Respecto a la licencia de conducir
vencida de la acusada, el experto aclaró que esto acarreará consecuencias
administrativas, lo que probablemente derive en la imposibilidad de que vuelva
a renovar su brevete.
Investigación a efectivos policiales
Finalmente, también se abordó la
denuncia sobre el acta policial del accidente, la cual consignaba inicialmente
que el vigilante había sufrido lesiones tras "caerse de un techo",
omitiendo el atropello.
Sobre este punto, Rodríguez indicó que
las autoridades competentes deberán esclarecer si se trató de un error material
por parte de los agentes al redactar el documento o si hubo una intención
deliberada de encubrimiento.
"Si no hay justificación alguna
para haber consignado información falsa en un documento de carácter público,
estamos ante la posibilidad de que estas personas (los policías) puedan ser
procesadas penalmente", concluyó..
Fuente: larepublica.pe


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